El 28 de septiembre de 2026, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) publicó en el Diario Oficial de la Federación las Disposiciones de carácter general para determinar el precio máximo de venta de las viviendas que el Instituto enajene al amparo del Programa de Vivienda para el Bienestar.
Las nuevas disposiciones establecen los criterios para determinar el precio de venta de las viviendas y su correspondiente valor de avalúo, considerando principios de asequibilidad, equidad y estabilidad. Estas reglas serán aplicables exclusivamente a la primera enajenación que realice el INFONAVIT a las personas trabajadoras derechohabientes de las viviendas construidas bajo este programa.
Con base en los criterios establecidos, el precio máximo de venta de las viviendas será de $862,000 pesos, considerando el salario mínimo vigente. Para determinar el precio específico de cada vivienda se tomarán en cuenta:
- El costo del terreno
- Costos de urbanización
- Costos de construcción de las viviendas
- Costos indirectos que incluyen gastos administrativos, estudios, proyectos
- El monto máximo de crédito de las personas trabajadoras derechohabientes que perciban menos de tres salarios mínimos, y
- En su caso, el monto del mantenimiento preventivo de la vivienda para la conservación de su valor, hasta por un periodo de treinta años, conforme al plazo del crédito.
Asimismo, el INFONAVIT otorgará descuentos sobre el precio de venta de acuerdo con el nivel de ingresos de la persona trabajadora derechohabiente. El descuento máximo será de $90,000 pesos para quienes perciban entre 1.0 y 2.09 veces el salario mínimo, y disminuirá progresivamente conformo aumente el ingreso, hasta llegar a $0 para quienes perciban 2.9 veces el salario mínimo.
El precio de cada vivienda se determinará considerando también su prototipo y ubicación dentro del conjunto habitacional y quedará registrado en el Registro Único de Vivienda. Además, el precio correspondiente se incorporará en la documentación generada por el INFONAVIT para la inscripción del crédito y escrituración.
Las disposiciones entrarán en vigor el 29 de septiembre de 2026, el día siguiente de su publicación, y abrogan las disposiciones publicadas el 19 de septiembre de 2025 que regulaban anteriormente el precio máximo de estas viviendas.
En consecuencia, las nuevas reglas actualizan los parámetros aplicables a la comercialización de las viviendas del Programa de Vivienda para el Bienestar y establecen un esquema de precios y descuentos vinculado al nivel de ingresos de las personas trabajadoras derechohabientes.
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