Mejoras para presentar la declaración anual 2023 de personas morales

El pasado 04 de enero de 2024 el SAT publicó la implementación de mejoras para presentar la declaración anual 2023 de personas morales.

Para facilitar el cumplimiento de esta obligación, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) realizó actualizaciones y mejoras para su presentación. Las actualizaciones relevantes son las siguientes:

Plazo para presentar la declaración 2023.

Desde el 01 de enero y hasta el 01 de abril de 2024, las personas morales pueden presentar su Declaración Anual del ejercicio fiscal 2023

Pérdidas Fiscales.

  • – Pueden agregarse las pérdidas fiscales por amortizar que no se visualicen en el formulario, provenientes de las declaraciones de los ejercicios 2013 a 2021.
  • – Se incluye la primera y segunda actualización de la pérdida fiscal por amortizar, en el caso de que se haya generado en el ejercicio inmediato anterior.

Estados Financieros.

– Se eliminan de la declaración anual 2023, los siguientes estados financieros: “Estado de flujo de efectivo” y el “Estado de cambios en el capital contable”.

– Viene precargada la información del ejercicio inmediato anterior de los estados financieros que siguen vigentes (Estado de Situación Financiera y Estado de Resultados).

  • Se renueva el formato de los estados financieros para dar mayor certeza al visualizar los datos del contribuyente generados en la Declaración Anual.

Estímulos Fiscales.

– Se adiciona la deducción inmediata de inversión prevista en el Decreto Relocalización, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de octubre de 2023 y de los beneficios fiscales otorgados a los contribuyentes de las zonas afectadas por el Huracán Otis, en los formularios tanto del Régimen General de Ley como del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).

Requisitos para presentar tu declaración anual.

Para realizar el envío de la declaración es necesario contar con la firma electrónica (e.firma) y estar al corriente con las declaraciones de pagos provisionales, declaraciones anuales del impuesto sobre la renta (ISR) de ejercicios anteriores, declaraciones de retenciones de pagos realizados por arrendamiento, honorarios, RESICO de personas físicas, sueldos y salarios, asimilados y dividendos.

¿Tienes alguna duda? No dudes en contactarnos, no olvides seguirnos en nuestras redes sociales para estar informado sobre nuevas actualizaciones.

Datos de contacto:

TEL. 55 5575 0781 / 55 5559 8687

EMAIL: CONTACTO@HICOA.COM.MX