INFONAVIT actualiza los requisitos documentales para el otorgamiento de créditos

El día 5 de agosto del presente año, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) publicó modificaciones a los Anexos 1 y 2 de las Reglas para el Otorgamiento de Créditos, con el objetivo de actualizar la documentación requerida para la integración y formalización de los expedientes de crédito, en cumplimiento de las Normas de Carácter Prudencial y Sanas Prácticas en Materia de Crédito, vigentes desde el 1 de enero de 2026.

➣ Principales modificaciones:

  • CURP con datos biométricos como medio de identificación. La CURP que cuente con datos biométricos validados será suficiente para acreditar la identidad de la persona trabajadora, simplificando la acreditación de identidad durante el trámite.
  • Actualización del comprobante de domicilio. Se precisa que, cuando corresponda, el comprobante de domicilio podrá sustituirse por el testimonio de la escritura emitida durante la formalización del crédito.
  • Educación financiera como requisito en ciertos créditos. Para algunas modalidades de financiamiento será necesario acreditar la participación en programas de asesoría, capacitación o educación financiera promovidos por el INFONAVIT.
  • Consulta del historial crediticio por medios electrónicos. La autorización para consultar la información de las Sociedades de Información Crediticia podrá otorgarse mediante firma autógrafa o por medios electrónicos.
  • Actualización de la documentación para acreditar la propiedad de inmuebles y terrenos. Se precisan los documentos que deberán presentarse para operaciones de adquisición, construcción, autoproducción, remodelación y mejora de vivienda.
  • Documentación adicional según el tipo de financiamiento. Se establece que los requisitos específicos para cada opción de crédito estarán disponibles a través de los canales institucionales del INFONAVIT, facilitando su consulta y actualización.

Estas modificaciones entrarán en vigor el día 6 de agosto del presente año. Los trámites de crédito iniciados antes de esa fecha continuarán rigiéndose por las disposiciones vigentes al momento de su presentación.

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