El 7 de agosto del presente año se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo 115/2026, mediante el cual se modifican, adicionan y derogan diversas disposiciones de las Reglas de carácter general a que se refiere la Ley Federal para la Prevención e identificación de Operaciones con Recursos Procedencia Ilícita (LFPIORPI).
Los principales cambios consisten en:
➣ Enfoque Basado en Riesgos.
Los sujetos obligados deberán implementar una metodología para identificar, evaluar y mitigar los riesgos de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo asociados con sus clientes, operaciones, productos, servicios, canales y zonas geográficas. Esta evaluación deberá actualizarse periódicamente y considerar la Evaluación Nacional de Riesgos.
➣ Clasificación de clientes por nivel de riesgo
Deberá determinarse el grado de riesgo de cada cliente o usuario, establecer su perfil transaccional y realizar un monitoreo continuo. Los clientes de mayor riesgo estarán sujetos a medidas de debida diligencia reforzada.
➣ Beneficiario Controlador
Para personas morales, deberá seguirse, en términos generales, el siguiente orden:
- Identificar a la persona física o grupo de personas físicas que posea 25% o más del capital social.
- Si no es posible identificarlo por participación accionaria, identificar a quien ejerza el control por otros medios.
- En última instancia, identificar a la persona física que ocupe la posición de funcionario administrativo de mayor grado o de alta dirección.
Este procedimiento seguido para identificar al Beneficiario Controlador deberá quedar documentado, y deberán conservarse la información, documentación y registros que sustenten dicha identificación.
➣ Personas Políticamente Expuestas
Se incorpora un capítulo específico relativo a la Lista de Personas Políticamente Expuestas (PEP).
Las reglas precisan los supuestos para considerar a una persona como PEP, incluyendo a personas que desempeñen o hayan desempeñado determinadas funciones públicas en México o en el extranjero.
➣ Manual de Políticas Internas.
Los sujetos obligados deberán contar con un Manual de Políticas Internas que establezca sus procedimientos de identificación, evaluación de riesgos, monitoreo, presentación de avisos, identificación del Beneficiario Controlador, capacitación y demás controles de cumplimiento.
➣ Mecanismos automatizados.
Se fortalecen los controles tecnológicos para integrar y actualizar expedientes, monitorear operaciones, identificar desviaciones del perfil transaccional, generar alertas y llevar el seguimiento de clientes de alto riesgo y PEP.
➣ Capacitación y selección de personal
Se establece la obligación de contar con capacitación anual en materia de prevención de lavado de dinero, así como procedimientos para la selección y evaluación del personal que participe en las funciones de cumplimiento.
➣ Auditoría y controles internos
Se incorpora la revisión anual del cumplimiento, con el objeto de evaluar la eficacia de las políticas, procedimientos y controles implementados y, en su caso, establecer acciones correctivas.
➣ Fideicomisos y otras figuras jurídicas.
Se establecen reglas específicas para el alta, registro e identificación de quienes realicen Actividades Vulnerables mediante fideicomisos y otras figuras jurídicas.
➣ Notificaciones electrónicas y vigilancia del Portal
Se refuerza el carácter obligatorio de las notificaciones electrónicas realizadas por el SAT y la UIF a través del Portal.
Los sujetos obligados deberán consultar el Portal por lo menos una vez cada día hábil.
➣ Impacto para los sujetos obligado
La reforma implica que el cumplimiento de la LFPIORPI ya no debe limitarse a la integración de expedientes y presentación de Avisos. Los sujetos obligados deberán contar con un sistema integral de prevención, sustentado en riesgos, que permita demostrar cómo identifican a sus clientes, determinan su nivel de riesgo, conocen al Beneficiario Controlador, monitorean sus operaciones y documentan las medidas adoptadas.
Por ello, se recomienda revisar y actualizar expedientes de clientes, metodología de riesgos, perfiles transaccionales, Manual de Políticas Internas, mecanismos de monitoreo, capacitación y controles internos, a fin de adecuarlos a las nuevas disposiciones.
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