Incorporación de personas repatriadas al régimen obligatorio del Seguro Social

El 27 de abril de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se incorporan al régimen obligatorio del seguro social a las personas mexicanas repatriadas, en lo relativo a las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad, conforme a la Ley del Seguro Social.

➣ Objetivo del Decreto

La medida tiene como finalidad garantizar el acceso a servicios de salud a personas mexicanas repatriadas, mediante su incorporación al régimen obligatorio del Seguro Social, bajo un enfoque humanitario y de solidaridad social.

➣ Sujetos beneficiarios

El Decreto aplica a:

  • Personas mexicanas que sean repatriadas al territorio nacional
  • Sus beneficiarios legales, en términos de la Ley del Seguro Social

Esta incorporación no depende de la existencia de una relación laboral prevista o vigente.

➣ Alcance de la cobertura

Las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad, materia del presente decreto, comprende la asistencia médico-quirúrgica, farmacéutica, hospitalaria y obstétrica.

El Instituto Mexicano del Seguro Social y el Instituto Nacional de Migración establecerán y fortalecerán los mecanismos de coordinación necesarios para el cumplimiento del presente decreto.

El presento decreto entra en vigor el 29 de abril del presente año y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.

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