Las pensiones del IMSS e ISSSTE se encuentran exentas del Impuesto sobre la Renta hasta un monto equivalente a 15 UMAS diarias, conforme al artículo 93, fracción IV de la Ley del ISR.
Para 2026, con el valor de la UMA en 117.31 pesos diarios, el límite de exención se ubica aproximadamente en $1,759.65 pesos diarios (alrededor de $53,493 pesos mensuales). Cuando el monto de la pensión supera este umbral, el ISR se calcula únicamente sobre el excedente, no sobre el total de la pensión.
La disposición aplica a distintos ingresos derivados de sistemas de retiro, como pensiones por vejez, cesantía en edad avanzada, invalidez, incapacidad o retiro, así como recursos provenientes de cuentas individuales del sistema de ahorro para el retiro vinculadas al IMSS o al ISSSTE.
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