El SAT publicó en su portal la segunda versión anticipada de la Novena Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 y sus anexos 1 y 1-A, los aspectos relevantes son los siguientes:
Depósitos en efectivo
Se reformó el segundo párrafo de la regla 3.5.19. Registro de depósitos en efectivo,ahora las instituciones del sistema financiero podrán considerar como opcionales los datos de identificación del contribuyente (tercero o cuentahabiente): clave en el RFC y número de cliente. Además de la clave en el RFC del adquirente para los cheques de caja. También se modificó el primer párrafo de la regla 3.5.21. Información al SAT de depósitos en efectivo, en ella se menciona que la forma “Declaración informativa de depósitos en efectivo” está actualmente contenida en el Anexo 1, rubro A, numeral 2.
Resolutivo segundo
Indica los cambios a los Anexos 1 y 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, referentes a las Declaraciones Mensuales y Anuales de los Depósitos en Efectivo, que deben de realizar los integrantes del sistema financiero.
Prórroga para la e.firma de personas físicas del RESICO
Esta segunda versión destaca en el resolutivo tercero que los contribuyentes que opten por tributar en el Régimen Simplificado de Confianza, deberán contar con e. Firma activa a más tardar el 31 de marzo de 2023. Anteriormente el plazo era hasta el 31 de diciembre de 2022.
Resolutivo cuarto
A partir del 1 de noviembre del presenta año está disponible en el portal del SAT la “Declaración informativa de depósitos en efectivo”.
Para el ejercicio 2022, los contribuyentes la presentarán por cada mes del ejercicio, a partir del 1 de diciembre de 2022, en términos de lo establecido en la regla 3.5.21. y el artículo Trigésimo Segundo Transitorio.
Prórroga para el CFDI de nómina 3.3 y complemento 1.2
El resolutivo quinto señala que quienes realicen pagos por ingresos a salarios a personas físicas y que estén obligados a emitir CFDI por los mismos, podrán optar por emitirlos hasta el 31 de marzo de 2023 en su versión 3.3 con complemento de nómina en su versión 1.2. Antes de esta segunda versión anticipada se establecía que la versión 4.0 del CFDI con su Complemento de Nómina versión 1.2, Revisión C, sería aplicable a partir del 1 de enero de 2023.
Para conocer a profundidad esta segunda versión anticipada se puede descargar la carpeta zip con los archivos PDF de la sección “Novedades Normativas”, ubicada en el portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/home.

