A partir del 24 de abril de 2026, es obligatorio incorporar el Complemento Concepto de Hidrocarburos y Petrolíferos en los CFDI que amparen operaciones relacionadas con combustibles.
El complemento tiene como finalidad fortalecer los mecanismos de control y trazabilidad en la cadena de suministro de combustibles, contribuyendo a la prevención de prácticas ilícitas en el sector energético.
¿Quiénes están obligados?
Contribuyentes que realicen:
- Enajenación, distribución o comercialización de hidrocarburos o petrolíferos
- Transporte de dichos productos
- Actividades reguladas por la Comisión Reguladora de Energía (CRE)
Puntos clave:
- El uso del complemento es estrictamente obligatorio a partir de la fecha señalada.
- Los CFDI que no incluyan este complemento, cuando sea aplicable, podrán ser rechazados o considerados no válidos para efectos fiscales.
- Es responsabilidad de los contribuyentes verificar la correcta implementación en sus sistemas de facturación.
- Se recomienda realizar pruebas y ajustes con antelación para evitar contingencias operativas.
¿Tienes alguna duda o comentario?
Puedes llamarnos al (55) 5575 0781 o (55) 5559 4771
Escríbenos a contacto@hicoa.com.mx

