SAT invita a personas morales del Régimen General de Ley y Simplificado de Confianza (RESICO) a regularizar sus declaraciones provisionales
Recientemente el SAT emitió un comunicado en su sección “Prensa” ubicada en la página del Gobierno de México dirigido a las personas morales que cambiaron antes del 1 de agosto del Régimen Simplificado de Confianza al Régimen General de Ley o viceversa.
Indica que si se presentó el aviso correspondiente para la modificación de régimen y después hubo dificultades para la presentación de la declaración, el SAT considerará como vigente durante todo el ejercicio 2022 el último régimen fiscal que eligieron.
Las personas morales tendrán la oportunidad de que, a más tardar el 19 de septiembre de 2022, presenten sus declaraciones y, en su caso, realicen los pagos provisionales de los meses de enero a julio de 2022 del último régimen que eligieron. Al ingresar al portal para presentar su declaración provisional de tipo Normal para el Régimen General de Ley, aparecerá el concepto “ISR personas morales”; en el caso del Régimen Simplificado de Confianza, aparecerá el concepto “ISR simplificado de confianza. Personas morales”.
Se sugiere que antes de presentar la declaración de pago provisional de agosto, se elaboren la correspondiente a enero y subsecuentes. Para lo anterior, a fin de que el aplicativo se actualice y precargue su información, entre la presentación de cada declaración deberán transcurrir:
- 24 horas cuando no se requiera pago.
- 48 horas posteriores al pago en caso de requerirse.
También, si se realizó algún pago en el Régimen en que se dejó de tributar, está la posibilidad de disminuirlo del pago en su nueva declaración, para ello, debe de ingresar al del Portal de SAT, y después al aplicativo de “Declaraciones”, dentro de la obligación de ISR a presentar, se debe seleccionar el apartado ¿Tienes compensaciones por aplicar? y escribir el monto total de los pagos que se hayan realizado.

