Presentación del dictamen de estados financieros y demás información a través de Internet
Los contribuyentes que presenten dictamen fiscal vía Internet, lo harán dentro del periodo, según el calendario que se señala a continuación, considerando el primer caracter alfabético del RFC; o bien, lo podrán hacer antes del periodo que les corresponda.
| LETRAS DEL RFC | FECHA DE ENVIO |
| De la A a la F | del 16 al 19 de julio de 2010 |
| De la G a la O | del 20 al 22 de julio de 2010 |
| De la P a la Z y & | del 23 al 26 de julio de 2010 |
Tratándose de sociedades controladoras que consoliden su resultado fiscal, deberán enviar el dictamen fiscal, la información y la documentación a que hace referencia el primer párrafo de esta regla a más tardar el 2 de agosto de 2010.